miércoles, 3 de abril de 2013

Impuesto a los Combustibles

                     Impuesto a los Combustibles 

¿A qué combustibles les afecta este impuesto?


La ley establece un gravamen a la primera venta o importación de gasolina automotriz y de petróleo diesel y afecta al productor o importador de ellos. 

 Su base imponible está formada por la cantidad de combustible expresada en metros cúbicos.  La tasa del impuesto es de 1,5UTM por metro cúbico para el petróleo diesel y de 6 UTM por metro cúbico para la gasolina automotriz.

Estas tasas son denominadas componente base y se modifican sumando o restando un componente variable dependiendo si se trata de petróleo diesel o de gasolina automotriz. El componente variable tiene por objeto ajustar los precios de los combustibles a las variaciones de precios internacionales.

Para mayor información acerca de este tema puede consultar la Ley 20.493.


El impuesto específico a los combustibles, ideado por el gobierno de Pinochet en los 70 (no en los 80, como creen muchos), siempre tuvo un objetivo claro: un impuesto de fácil recaudación. Como están excluidas de este impuesto las empresas, se ha transformado en un impuesto al consumo de los particulares.

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