viernes, 29 de marzo de 2013

Impuesto unico de segunda categoria

              Impuesto único de segunda categoría


El Impuesto Único de Segunda Categoría se aplica a las rentas del trabajo dependiente, tales como los sueldos, pensiones (excepto las de fuente extranjera) y rentas accesorias o complementarias a las ya mencionadas.
El Impuesto Único es un tributo progresivo que se determina mediante una escala de tasas, empezando por un primer tramo exento hasta un último tramo con una tasa marginal de 40%. Su cálculo se realiza sobre el salario y/o remuneraciones del trabajo, deduciendo previamente los pagos por concepto de seguridad social y de salud.
Este impuesto debe ser retenido y enterado mensualmente en arcas fiscales por el respectivo empleador o pagador de la renta. Si un trabajador tiene más de un empleador, para los efectos de progresividad del impuesto, deben sumarse todas las rentas obtenidas e incluirlas en el tramo de tasas de impuesto que corresponda, y proceder a su reliquidación anual en abril del año siguiente al que ha sido percibida la renta.
Un trabajador dependiente que tenga un sólo empleador y que no obtenga ninguna otra renta en un año tributario, no está obligado a efectuar una declaración anual de renta, ya que el impuesto único que afecta a su remuneración ha sido retenido mensualmente por el empleador o pagador.
Por su parte, aquellas personas que perciben ingresos provenientes del ejercicio de su actividad profesional o de cualquier otra profesión u ocupación lucrativa en forma independiente, no se encuentran gravadas con este impuesto único, sino que con los Impuestos Global Complementario o Adicional. Sin embargo, estas personas están sujetas a una retención o pago provisional del 10% sobre la renta bruta al momento de percibirla.  Esta retención o Pago Provisional son utilizados por el contribuyente rebajándolos como crédito de los impuestos personales antes indicados, pudiendo solicitar la devolución del excedente que resulte de la liquidación anual practicada, en los casos que correspondan de acuerdo con la Ley.

impuesto a las bebidas alcoholicas analcoholicas y productos similares


Impuesto a las bebidas alcohólicas,analcoholicas y productos similares

¿De qué trata este impuesto?

Las ventas e importaciones de estos productos están afectas a una impuesto adicional, sin importar si estas últimas operaciones son habituales o no.

¿Las tasas de impuestos son igual en todo grado de alcohol?

La tasa  de impuesto se aplica sobre la misma base imponible que la del IVA.  Las tasas de impuesto son diferentes según el grado alcohólico de la bebida alcohólica que se trate, fluctuando entre el 15% y el 27%.  Entre estos productos se menciona a modo de ejemplo: el pisco, whisky, aguardiente, vino, cerveza, etc.

¿A qué bebidas se les aplica una tasa de 13%?

Por su parte, las bebidas analcohólicas naturales o artificiales a las que se les haya agregado colorantes, sabor o edulcolorantes se les aplica una tasa del 13%.  Las ventas que realizan los comerciantes minoristas a los consumidores finales no están afectas a este impuesto.

IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES

Impuesto a las herencias , asignaciones y donaciones

¿Qué es este impuestos?



Este impuesto es progresivo y se aplica sobre el valor neto de las transmisiones de la propiedad a causa de la muerte de una persona o las transferencias por las donaciones hechas durante la vida del donante.

¿ Según qué varia  el valor de impuesto?

El impuesto varía dependiendo de la cantidad o monto involucrado, el fin o propósito de la transferencia o transmisión y el grado de parentesco con el beneficiario.
En el caso de las herencias, el impuesto debe ser pagado dentro de los dos años siguientes a la fecha de fallecimiento del causante.

domingo, 24 de marzo de 2013

Impuesto Global Complementario

                        Impuesto Global Complementario


Este es un impuesto anual que grava a las personas naturales domiciliadas o residentes en Chile por el total de las rentas imponibles de Primera o Segunda Categoría
.
Este tributo se determina mediante una escala de tasas progresivas por tramos de renta, empezando por un primer tramo exento hasta un último tramo con una tasa marginal de 40%, el cual se declara y paga en abril del año siguiente al de la obtención de la renta (las tasas y los tramos son los mismos que para el Impuesto de Segunda Categoría, pero sobre una base anual).

En general, para determinar el monto del Impuesto Global Complementario, las personas que reciben retiros de utilidades o dividendos de empresas, junto con dichas rentas, deben incluir en la base imponible de este tributo una cantidad equivalente al Impuesto de Primera Categoría que afectó a esas rentas. Sobre esa base se debe aplicar la escala de tasas del Impuesto Global Complementario y determinarse así el impuesto que debe ser pagado.

El contribuyente tiene derecho a rebajar como crédito el monto del Impuesto de Primera Categoría pagado por la empresa y que fue incluido en dicho cálculo

Tabla de los impuestos globales complementarios 

RENTA IMPONIBLE ANUAL
TASA O FACTOR
CANTIDAD A REBAJAR (NO INCLUYE CRÉDITO 10% DE 1 UTA DEROGADO POR N° 3 ART. ÚNICO LEY N°  19.753, D.O. 28.09.2001)

DESDE

HASTA
DE  $                0,00
$ 6.513.372,00
EXENTO
$         0,00
"        6.513.372,01
14.474.160,00
0,05
325.668,60
"      14.474.160,01
24.123.600,00
0,10
1.049.376,60
"     24.123.600,01
33.773.040,00
0,15
2.255.556,60
"      33.773.040,01
43.422.480,00
0,25
5.632.860,60
"      43.422.480,01
57.896.640,00
0,32
8.672.434,20
"      57.896.640,01
72.370.800,00
0,37
11.567.266,20
"      72.370.800,01
Y MAS
0,40
13.738.390,20
UNIDAD
TRIBUTARIA
* Mes de Diciembre de 2012 = $  40.206
       * Anual (12 x $ 40.206)  = $ 482.472

Impuestos a Productos Suntuarios

                  Impuestos a Productos Suntuarios

¿En qué consiste este impuesto?

La primera venta o importación habitual o no de artículos que la Ley considera suntuarios paga un impuesto adicional con una tasa de 15% sobre el valor en que se enajenen. 

Entre estos suntuarios están los artículos de oro, platino y marfil; joyas y piedras preciosas; pieles finas; alfombras, tapices y cualquier otro artículo de similar naturaleza, calificados como finos por el Servicio de Impuestos Internos;  vehículos casa-rodantes autopropulsados; conservas de caviar y sucedáneos; armas de aire o gas comprimido, sus accesorios y proyectiles, excepto los de caza submarina. Los artículos de pirotecnia, tales como fuegos artificiales, petardos y similares pagarán con tasa del 50%

¿A qué objetos quedan afectas la tasa de 15%?

En el caso de los objetos de oro, platino y marfil; joyas y piedras preciosas; y pieles finas, quedan afecta a la misma tasa del 15% por las ventas posteriores, aplicándose las mismas normas generales del Impuesto al Valor Agregado

lunes, 18 de marzo de 2013

Impuestos Territoriales

                             IMPUESTOS TERRITORIALES

¿En qué consiste este impuesto?

Este impuesto también es conocido como contribuciones a los bienes raíces, es el tributo que se aplica sobre el avalúo fiscal de las propiedades determinado por el Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo a las normas de la Ley N° 17.235. 
Este impuesto se incorpora en su totalidad a los fondos municipales permitiendo la implementación de servicios a la comunidad, tales como educación.

¿Como se clasifican los pagos del impuestos?

Para efectos de la aplicación del Impuesto Territorial, los bienes raíces se clasifican en agrícolas y no agrícolas, cuyos avalúos se determinan según metodologías diferentes. Es así como mientras la tasación de los bienes raíces agrícolas incluye sólo el valor fiscal del terreno y de las casas patronales que exceda de $ 5.647.320, al 01.01.2003, la tasación de los bienes raíces no agrícolas considera el valor fiscal del terreno y de todas las construcciones existentes en él.
Para un bien raíz en particular, el monto de su contribución se obtiene de multiplicar su avalúo fiscal por la tasa vigente del impuesto. Sin embargo, antes de realizar esta operación, la Ley determina en algunos casos modificar la base del impuesto por la aplicación de una exención resultando, de este modo, bienes raíces exentos o sin cobro de contribuciones en forma total o parcial. Por ejemplo, los inmuebles destinados al uso habitacional con avalúo menor a $10.507.487 están exentos del100% de las contribuciones y por los que tienen un avalúo superior se paga sobre la diferencia. Por otra parte, los bienes raíces agrícolas están exentos hasta un avalúo fiscal de $1.949.740.

¿Cuales son las cuotas anuales de las contribuciones?


Anualmente, las contribuciones se cobran en cuatro cuotas que vencen en los meses de abril, junio, septiembre y noviembre, las que se denominan cuotas normales. Cuando se producen variaciones respecto a las cuotas normales giradas, el Servicio de Impuestos Internos efectúa cobros suplementarios o de reemplazos (rebajas) durante los meses de junio y diciembre de cada año. Los suplementarios corresponden a cobros adicionales que se originan, por ejemplo, por la tasación de una nueva construcción o ampliación, cambio de destino de la propiedad u otras causas.



¿Cual es la determinación del avalúo de  construcción?

       El Valor Fiscal m2 Construido que se posee es   = VU x CE x CG x D x GC

VU: Valor unitario de construcción de acuerdo a su tipología (clase – calidad).
CE: Condición Especial de edificación.
CG: Localización a sectores comerciales más importantes del país.
D: Edad de la edificación.
GC: Comuna en que se ubica el bien raíz.

¿Cuales son los reavaluos de los bienes raices?



  • Los procesos de reavalúos nacionales consisten en actualizar los avalúos fiscales  de los bienes raíces mediante la captura de plusvalías y minusvalías que reflejan la dinámica de la ciudad.
  • Utilizan los precios de mercado como base referencial. 
  • Se modifican los precios unitarios de suelo y de construcciones.
  • El Avalúo fijado NO debería superar el valor de mercado.
  • Se reavalúan todas las propiedades.






jueves, 14 de marzo de 2013

Impuesto de renta de 1° categoría

                  IMPUESTO DE RENTA DE PRIMERA CATEGORÍA

¿En que consiste el impuesto de renta de 1º categoría?


El Impuesto de Primera Categoría, grava las utilidades tributarias de los negocios, dejando afectas las rentas provenientes del capital y de las empresas comerciales, industriales, mineras y otras.
Este impuesto se determina sobre la base de las utilidades líquidas obtenidas   por la empresa, vale decir, sobre los ingresos devengados o percibidos menos los gastos, y se declara anualmente en abril de cada año por todas aquellas rentas devengadas o percibidas en el año calendario anterior.
Respecto de algunas actividades (agricultura, minería y transporte), el contribuyente puede pagar el impuesto según un sistema de renta presunta, en la medida que cumpla con las condiciones señaladas en la ley. 

¿Como funciona este impuesto?
El Impuesto de Primera Categoría pagado por la empresa se rebaja como crédito, de acuerdo con el mecanismo establecido para la confección del Fondo de Utilidades Tributables, de los Impuestos Global Complementario o Adicional que afecten a los dueños, socios o accionistas de las empresas o sociedades por las utilidades retiradas (en dinero o especies) o por los dividendos distribuidos.
 Las tasas del impuesto de primera categoría, vigentes desde el año 2004, tienen el siguiente comportamiento:

Impuesto/Años2004 al 201020112012 y siguientes
Impuesto 1° Categoría17%20%20%

El libro denominado Fondo de Utilidades Tributables (FUT) debe ser llevado por toda empresa para el control de las utilidades generadas por éstas, el retiro o distribución de las mismas y de aquellas que quedan pendiente de retiro o distribución, como también para el control de los respectivos créditos asociados a dichas utilidades.



























miércoles, 13 de marzo de 2013

El Iva

                                           IVA
¿Qué es el IVA?


-El iva es uno de los impuestos mas importantes de consumo que existen en Chile y su tasa  es de 19% en las ventas de bienes corporales muebles e inmuebles. Es un tipo de impuesto que básicamente recae sobre el consumo y “grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes“, según la definición de la Agencia tributaria.
Es un impuesto regresivo ya que cobra el valor a todas las personas por igual, sin importar su condición económica.


¿Cómo funciona el IVA?

Ahora que tenemos claro en qué consiste este impuesto y cómo está articulado es cuando podemos adentrarnos en la parte más complicada, su funcionamiento. Esta es la parte referida a la cadena del IVA y el tratamiento que deben darle empresas, empresarios y autónomos. Y es que el IVA se va sumando durante toda la cadena de producción de un artículo. Cada participante intermedio paga un IVA en los productos que compra (esto se conoce como IVA soportado) y cobra un IVA por los que vende (llamado IVA repercutido).

¿Cual es el plazo que tienen las empresas para pagar el IVA?


Durante este proceso las empresas actúan en realidad como recaudadoras del IVA para el Estado con el problema añadido de que el pago del IVA se efectúa en el trimestre en el que se emite la factura y no cuando efectivamente se cobra ese IVA (muchas compañías y el propio Estado pagan a 90 días).

¿A qué instituciones afecta el IVA?

-Afecta principalmente al Fisco, instituciones semifiscales, Organismos de administración autónoma del estado y por igual a las municipalidades.

¿Por qué se traslada, y solo lo paga el consumidor final?

Esto es así por una sencilla razón: en el caso de que todos los consumidores pagasen un impuesto al consumo, los últimos eslabones de la cadena tendría que pagar un impuesto excesiva e injustificadamente mayor que el primer eslabón.
Veamos, por ejemplo, el caso de un automóvil. El productor del acero pagará un determinado IVA , pero si este luego no se va desgravando (como en el caso del consumidor final) se iría acumulando, puesto que los sucesivos eslabones de la cadena (clientes y productores al mismo tiempo) tendrían que pagar todos los “IVAs” de sus antecesores, con lo que, por simple hecho de estar en los tramos finales de la cadena productiva, tendrían que pagar un impuesto mayor.
Al poder desgravarlo, el único que deberá hacerle frente a este “impuesto al consumo”, será efectivamente el consumidor final.